domingo, 16 de diciembre de 2012

A comerciantes ambulantes

NOTIFICACIÓN A TODOS LOS COMERCIANTES, AMBULANTES, SEMIFIJOS Y COMERCIOS ESTABLECIDOS EN LA VÍA PÚBLICA; COMERCIANTES PERMANENTES, TEMPORALES, AMBULANTES CON VEHICULOS Y SIN VEHICULOS, CON PUESTOS SEMIFIJOS Y AL COMERCIO ESTABLECIDO; UBICADOS EN LA CIUDAD DE ACAYUCAN VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

 
SE LE COMUNICA A TODOS COMERCIANTES, AMBULANTES, SEMIFIJOS Y COMERCIOS ESTABLECIDOS EN LA VÍA PÚBLICA, LOS COMERCIANTES PERMANENTES, TEMPORALES, AMBULANTES CON VEHICULOS Y SIN VEHICULOS, CON PUESTOS SEMIFIJOS Y AL COMERCIO ESTABLECIDO EN ÉSTA CIUDAD DE ACAYUCAN, VERACRUZ, QUE CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 6 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; ARTICULO 48 FRACCIÓN II Y III DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ARTCULO 34, 39, 40, 41 DEL REGLAMENTO EL BANDO DE POLICIA Y GOBIERNO PARA EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ACAYUCAN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; ARTICULO 5 FRACCIÓN IX, 54, 56, 87 DEL REGLAMENTO MUNICIPAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE; ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; ARTICULO 16, 18, 19, 30, 32 Y 134 DEL REGLAMENTO MUNICIPAL DE MERCADOS Y COMERCIO DE ÉSTA CIUDAD DE ACAYUCAN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, QUE A PARTIR DEL DIA EN QUE SURTA EFECTOS LA PRESENTE NOTIFICACIÓN SE PROCEDERÁ AL QUE INCUMPLA CON LOS PRECEPTOS LEGALES ALUDIDOS A LO QUE ESTIPULA EL ARTICULO 134 DEL MISMO REGLAMENTO.

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