CERO Y....
* Quedó a deber 28 millones
*Otra denuncia: observados la ex alcaldesa y dos tesoreros
Por Manuel Hernández
Reportero de Notiver
El presidente municipal de Alvarado, Octavio Jaime Ruiz, anunció a NOTIVER se interpondrá una denuncia en la PGJ contra quien resulte responsable del presunto delito de daño patrimonial en contra del ayuntamiento alvaradeño.
Dijo son 28 millones de pesos en deuda heredada por la pasada administración 2011-2013.
Tavo Ruiz manifestó que acudirá a la PJG a interponer la querella, al indicar que este pasivo ocasiona graves problemas administrativos, principalmente a proveedores como la Comisión Federal de Electricidad lo que ocasiona escases de servicios en algunas congregaciones.
Indicó que hubo recursos gubernamentales que no se aplicaron como tres millones de pesos como el programa Habitat de la Secretaría de Desarrollo Social, en materia hacendaria y en otros aspectos que truncan el desarrollo en esta actual administración.
Reiteró que será la próxima semana cuando formule la denuncia penal en contra del o los presuntos responsables del aparente delito de daño patrimonial.
Entre las observaciones más recurrentes figuran responsabilidades sobre la alcaldesa y dos personas a las que se les menciona como tesoreros, Sara Luz Herrera Cano Presidente Municipal Del 01/01/2012 al 31/12/2012, Jesús Alfonso García Peña Tesorero Municipal Del 01/01/2012 al 31/08/2012, Raquel González García Tesorero Municipal Del 01/09/2012 al 31/12/2012.
Observación Número: 012/2012/001
El ente fiscalizable no proporcionó la documentación e información que abajo se señala, las cuales, en caso de no ser presentadas en la solventación se hará acreedor a las sanciones que señala la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
a) Resguardo de bienes muebles.
b) Avances del Plan de Desarrollo Municipal y del Programa Operativo Anual del ejercicio 2012
Observación Número: 012/2012/002 012/2012/002 012/2012/002 012/2012/002 012/2012/002
No se tiene evidencia de que el Titular de la Contraloría haya realizado las funciones de control y evaluación que establece el Código Hacendario Municipal para el Municipio de Alvarado Veracruz de Ignacio de la Llave; entre las cuales destacan las que abajo se mencionan; por lo que, deberá presentarse evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva y/o preventiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/003
La Cuenta Pública presentada por el Ente Fiscalizable al H. Congreso del Estado, no contiene la totalidad de la información que establece en su artículo 22 la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, lo cual debe aclararse y/o justificarse; y deberán presentar evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/004
El Ente Fiscalizable no presentó autorización por parte del H. Congreso del Estado, para realizar venta y baja de dos terrenos propiedad del ayuntamiento, con un costo de $3´600,000.00; por lo que, los actos jurídicos y administrativos realizados sin este documento podrían carecer de validez.
Observación Número: 012/2012/005
No se tiene evidencia de que el Ente Fiscalizable haya elaborado el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; por lo que, los actos jurídicos y administrativos realizados sin este documento podrían carecer de validez; y deberán presentar evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/006
El Ente Fiscalizable, no presentó evidencia de haber dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 3 fracción VI, 6, 7 fracción II y 13 de la Ley de Pensiones del Estado de Veracruz, ya que como Organismo incorporado al Instituto de Pensiones del Estado, está obligado a remitir a éste la documentación e informes que se establecen en el articulado de la Ley de la materia; por lo que, deberá presentarse evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva y/o preventiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/007
El Ente Fiscalizable, no presentó evidencia de haber garantizado el derecho al acceso a la información pública que gozan los habitantes del Estado, de acuerdo al artículo 6 párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; ya que como sujeto obligado, debe promover la máxima publicidad de la rendición de cuentas y la transparencia en su gestión pública. Y en consecuencia incumplió con los artículos: 2, 6.
* Quedó a deber 28 millones
*Otra denuncia: observados la ex alcaldesa y dos tesoreros
Por Manuel Hernández
Reportero de Notiver
El presidente municipal de Alvarado, Octavio Jaime Ruiz, anunció a NOTIVER se interpondrá una denuncia en la PGJ contra quien resulte responsable del presunto delito de daño patrimonial en contra del ayuntamiento alvaradeño.
Dijo son 28 millones de pesos en deuda heredada por la pasada administración 2011-2013.
Tavo Ruiz manifestó que acudirá a la PJG a interponer la querella, al indicar que este pasivo ocasiona graves problemas administrativos, principalmente a proveedores como la Comisión Federal de Electricidad lo que ocasiona escases de servicios en algunas congregaciones.
Indicó que hubo recursos gubernamentales que no se aplicaron como tres millones de pesos como el programa Habitat de la Secretaría de Desarrollo Social, en materia hacendaria y en otros aspectos que truncan el desarrollo en esta actual administración.
Reiteró que será la próxima semana cuando formule la denuncia penal en contra del o los presuntos responsables del aparente delito de daño patrimonial.
Entre las observaciones más recurrentes figuran responsabilidades sobre la alcaldesa y dos personas a las que se les menciona como tesoreros, Sara Luz Herrera Cano Presidente Municipal Del 01/01/2012 al 31/12/2012, Jesús Alfonso García Peña Tesorero Municipal Del 01/01/2012 al 31/08/2012, Raquel González García Tesorero Municipal Del 01/09/2012 al 31/12/2012.
Observación Número: 012/2012/001
El ente fiscalizable no proporcionó la documentación e información que abajo se señala, las cuales, en caso de no ser presentadas en la solventación se hará acreedor a las sanciones que señala la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
a) Resguardo de bienes muebles.
b) Avances del Plan de Desarrollo Municipal y del Programa Operativo Anual del ejercicio 2012
Observación Número: 012/2012/002 012/2012/002 012/2012/002 012/2012/002 012/2012/002
No se tiene evidencia de que el Titular de la Contraloría haya realizado las funciones de control y evaluación que establece el Código Hacendario Municipal para el Municipio de Alvarado Veracruz de Ignacio de la Llave; entre las cuales destacan las que abajo se mencionan; por lo que, deberá presentarse evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva y/o preventiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/003
La Cuenta Pública presentada por el Ente Fiscalizable al H. Congreso del Estado, no contiene la totalidad de la información que establece en su artículo 22 la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, lo cual debe aclararse y/o justificarse; y deberán presentar evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/004
El Ente Fiscalizable no presentó autorización por parte del H. Congreso del Estado, para realizar venta y baja de dos terrenos propiedad del ayuntamiento, con un costo de $3´600,000.00; por lo que, los actos jurídicos y administrativos realizados sin este documento podrían carecer de validez.
Observación Número: 012/2012/005
No se tiene evidencia de que el Ente Fiscalizable haya elaborado el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; por lo que, los actos jurídicos y administrativos realizados sin este documento podrían carecer de validez; y deberán presentar evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/006
El Ente Fiscalizable, no presentó evidencia de haber dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 3 fracción VI, 6, 7 fracción II y 13 de la Ley de Pensiones del Estado de Veracruz, ya que como Organismo incorporado al Instituto de Pensiones del Estado, está obligado a remitir a éste la documentación e informes que se establecen en el articulado de la Ley de la materia; por lo que, deberá presentarse evidencia documental sobre los controles internos implementados como medida correctiva y/o preventiva sobre esta inconsistencia.
Observación Número: 012/2012/007
El Ente Fiscalizable, no presentó evidencia de haber garantizado el derecho al acceso a la información pública que gozan los habitantes del Estado, de acuerdo al artículo 6 párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; ya que como sujeto obligado, debe promover la máxima publicidad de la rendición de cuentas y la transparencia en su gestión pública. Y en consecuencia incumplió con los artículos: 2, 6.
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