Xalapa.- El
gobernador Javier Duarte de Ochoa, envió un decreto donde se establece
que por el otorgamiento de permisos y autorizaciones para pesca o
actividades acuícolas por el período de dos años, se pagará el derecho
de pesca y acuacultura.
Por Ana Lilia Velázquez
Se
establecen cuotas por la expedición de permisos para la pesca comercial
de 14 salarios mínimos; para la pesca de fomento a personas físicas o
morales, cuya actividad u objeto social sea la captura, comercialización
o transformación de productos pesqueros de 8 salarios mínimos.
Por el otorgamiento de permisos para: Instalar artes de pesca fijas en aguas de competencia estatal de 8 salarios mínimos.
Para la recolección del medio natural de reproductores el pago será de 13 salarios mínimos.
Por la expedición de permisos para la acuacultura
Comercial: 14 salarios mínimos
Comercial: 14 salarios mínimos
Por la expedición de permisos para acuacultura
de fomento: 103 salarios mínimos
de fomento: 103 salarios mínimos
Por la expedición de permiso para la acuacultura
Didáctica: 35 salarios mínimos.
Didáctica: 35 salarios mínimos.
Las
personas físicas y morales mexicanas que en su caso y conforme a la Ley
Estatal de Pesca y Acuacultura Sustentable, practiquen la pesca
comercial en aguas de jurisdicción estatal, pagarán el derecho de pesca
anualmente conforme a las siguientes cuotas.
Especies de escama de
agua dulce: 1 salario mínimo; almejas de 9 a 39 salarios mínimos. Langostino: 1 salario mínimo; jaiba, 1 salario mínimo; caracol y tegogolo 4 salarios mínimos.
Acamaya 1 salario mínimo; cangrejo 1 salario mínimo; otras
Pesquerías de 1 salario a 4 minimos.
agua dulce: 1 salario mínimo; almejas de 9 a 39 salarios mínimos. Langostino: 1 salario mínimo; jaiba, 1 salario mínimo; caracol y tegogolo 4 salarios mínimos.
Acamaya 1 salario mínimo; cangrejo 1 salario mínimo; otras
Pesquerías de 1 salario a 4 minimos.
Por
el aprovechamiento de los recursos pesqueros en la pesca
deportivo-recreativa, se pagará, el derecho de pesca, por permiso
individual con vigencia de dos años, conforme a las siguientes
cuotas:
cuotas:
I. Por un día. 2 salarios
mínimos
II. Por una semana. 4 salarios
mínimos
III. Por un mes. 7 salarios
mínimos
IV. Por un año. 9 salarios
mínimos
V. Para excursiones de pesca
deportiva por cada integrante
y por viaje de más
de tres días y hasta un
año. 13 salarios
mínimos.
mínimos
II. Por una semana. 4 salarios
mínimos
III. Por un mes. 7 salarios
mínimos
IV. Por un año. 9 salarios
mínimos
V. Para excursiones de pesca
deportiva por cada integrante
y por viaje de más
de tres días y hasta un
año. 13 salarios
mínimos.
La iniciativa fue turnada a las comisiones correspondientes para su estudio y dictamen.
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