miércoles, 30 de marzo de 2011

Ponen candado a cosméticos “milagrosos”


El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley General de Salud, que define lo que son los “productos cosméticos”, con el fin de diferenciarlos de lo que coloquialmente se llaman productos milagro e incluso de los medicamentos. . . . Con 89 votos a favor, el pleno de la Cámara alta avaló la reforma que prohíbe atribuir a los productos cosméticos “acciones propias de los medicamentos, tales como curar o ser una solución definitiva de enfermedades, regular el peso o combatir la obesidad, ya sea en el nombre, indicaciones, instrucciones para su empleo o publicidad”. . . . . Como adelantó EL UNIVERSAL, queda cancelada la posibilidad de venderlos como productos milagro. . . . .

Envían reforma al Presidente

Luego de su votación, la reforma fue remitida al Presidente de la República para sus efectos constitucionales. . . . . Los cambios a la ley establecen medidas de seguridad. Ahora la autoridad podrá asegurar o retener, cuando se comercialicen remedios herbolarios, suplementos alimenticios o productos cosméticos “que indebidamente hubieren sido publicitados o promovidos como medicamentos o a los cuales se les hubieran atribuido cualidades o efectos terapéuticos, presentándolos como una solución definitiva en el tratamiento preventivo o de rehabilitación de un determinado padecimiento, no siendo medicamentos y sin que los mismos cuenten con registro sanitario para ser considerados como tales”. . . . . En tribuna, el presidente de la Comisión de Salud, Ernesto Saro (PAN), destacó la importancia de estos cambios, que fueron concebidos a partir de dos iniciativas distintas, centradas en adecuar el marco legal respecto a los productos cosméticos, con la intención de que la industria tanto nacional como internacional los fabrique apegados a los requisitos de calidad sanitaria y ajustando la legislación a los estándares internacionales. . . . . La reforma se impulsó para actualizar la legislación nacional con las normas internacionales —homologando el nombre utilizado por los socios comerciales de nuestro país en América Latina, Europa y EU, además de ser el concepto utilizado por los estándares internacionales de la ISO (International Organization for Standardization)— y garantizar el derecho a la salud de los mexicanos y a su comercio en México. La reforma obliga a avisar de la publicidad para realizar bien los monitoreos. (Tomado de El Unuiversal/ 30 de marzo 2011).

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